Reproducción asistida

Normativa francesa que prohíbe la reproducción asistida post mortem no contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos, resuelve el Consejo de Estado de Francia.

Desde la entrada en vigencia de la ley del 2 de agosto de 2021 relativa a la bioética, la procreación médicamente asistida ya no pretende remediar la infertilidad de una pareja sino responder al “proyecto parental” de una pareja o de una mujer soltera. En el caso de una pareja, si uno de sus miembros muere, este proyecto parental desaparece y no se puede producir la implantación de los embriones concebidos in vitro.

2 de diciembre de 2024

Argentina: Se hace lugar a la filiación de hijos nacidos por reproducción asistida al estar acreditada la voluntad procreacional de la pareja de mujeres.

8 de abril de 2021
La sentencia aclaró que, el elemento más relevante en la determinación de la filiación del niño nacido por TRHA es el de la voluntad o decisión de que ese ser naciera, no sólo en cuanto causa eficiente última e infungible, sino porque los demás elementos biológicos pueden ser sustituidos todos, pero lo que nadie puede suplir en cada caso concreto para un determinado nacimiento es el acto de voluntad en ese sentido de una pareja.