Recurso de protección interpuesto en contra de Juez de Familia que ordenó remate de un inmueble de abuelos que adeudan alimentos, no se admite a trámite por la Corte Suprema.
Lo que se pretende a través del presente arbitrio es impugnar una resolución judicial, respecto de la cual existen vías recursivas expresamente contempladas por el legislador al efecto.