Solidaridad


Empresa de transportes debe pagar 40 millones de pesos a la hija de una víctima fallecida en un accidente provocado por uno de sus buses.

1 de mayo de 2023
El máximo Tribunal estimó que, pese a no haber sido emplazado el chofer de la máquina, el articulo 169 de la Ley de Tránsito establece la solidaridad entre éste y el propietario del vehículo, por lo que la demandante tiene la opción de elegir a quien demandar, sin ser una obligación demandar al chofer junto con la empresa propietaria.
Régimen de solidaridad.

CS de Argentina determinó que Tribunal deberá conocer demanda de indemnización de perjuicios en contra de contratista y de dueño de inmueble solidariamente, en causa en la que persona falleció realizando trabajos de pintura.

El máximo Tribunal argentino adujo que lo decidido pone de manifiesto un enfoque parcial e inadecuado de la controversia pues prescinde de ponderar disposiciones específicas que resultaban de inequívoca consideración para resolver el caso, con menoscabo de las garantías constitucionales invocadas.

14 de noviembre de 2020
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