Se reclamó contra el descuento a la subvención decretado por la Seremi de Educación que lo justificó en que el actor registró asistencias de alumnos por el 100% mientras estaban vigentes los aforos y restricciones por la crisis sanitaria el año 2021. El recinto educacional no posee un derecho indubitado y la controversia respecto del cálculo del descuento debe ser conocida por la judicatura ordinaria.
Subvención escolar
Sostenedores no podrán seguir usando la subvención escolar preferencial para realizar clases remotas.
Norma que permite embargar los dineros de las subvenciones escolares, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Norma que permitiría embargar dineros provenientes de subvenciones escolares, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional
Subvención escolar no es inembargable, resuelve el Tribunal Constitucional que rechazó inaplicabilidad de norma que establece que subvención escolar sólo podrá ser pagada a los sostenedores o sus representantes legales.
No se advierte vulneración al derecho a la educación y al derecho de propiedad, en los términos denunciados por la requirente.
TC declaró admisible inaplicabilidad de norma que permite embargar subvenciones escolares a sostenedor educativo.
El requirente alega que retener dichos dineros vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
Corte Suprema ordena a Seremi de Educación reconocer a estudiantes la calidad de acreedores de la subvención para educación especial del Programa de Integración Escolar.
La decisión de la Seremi de Educación es arbitraria, pues exige requisitos no contemplados en la normativa vigente y carece de la fundamentación exigida a los actos administrativos.
Norma que permite embargar subvenciones escolares a sostenedor educativo, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que retener dichos dineros provenientes de la subvención escolar vulnera las garantías fundamentales de los alumnos de dicho establecimiento.
Rechazo de la SEREMI al pago de subvención escolar de centro educacional para adultos jóvenes se ajustó a derecho.
La Ley N° 21.294 permite pagar la subvención completa del año escolar 2020 respecto de cursos impartidos por establecimientos nuevos, como es el caso. Sin embargo, ello solo es posible si se registra la reanudación de clases presenciales a contar del 1 de julio del año 2020, de lo contrario, corresponde el pago solo por los meses efectivos en que se aplica la presencialidad.
Proyecto de ley interpreta norma de la Ley sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, a fin de evitar que establecimientos deban reintegrar montos por concepto de subvención escolar.
La iniciativa busca impedir que, en el contexto de suspensión de actividades provocada por la pandemia por Covid-19, determinados establecimientos educacionales deban reintegrar montos por concepto de subvención escolar.
Proyecto de ley modifica la Ley sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales y la Ley de Aula Segura para regular el procedimiento de expulsión de los estudiantes.
La normativa actual incrementaría los niveles de violencia al interior de las comunidades estudiantiles y vulnera los derechos de niños, niñas y adolescentes.
CS confirma fallo que desestimó recurso de reclamación en contra de resolución la Superintendencia de Educación que sancionó a sostenedora educacional privándola de un 8% de la subvención correspondiente.
La recurrente habría incumplido con su obligación de rendir, anualmente, cuenta pública del uso de todos sus recursos, incluyendo la acreditación de disponibilidad de saldos.
CS confirma fallo que desestimó reclamación de ilegalidad interpuesta por sociedad educacional en contra de Superintendencia de Educación.
No cumplió con la obligación de rendir cuenta de la subvención escolar en la forma prescrita por la ley.
CS confirma fallo que acogió recurso de reclamación de ilegalidad interpuesto por Corporación Educacional en contra de Superintendencia de Educación
Se verificó un cambio de criterio en la autoridad administrativa que, sistemática y reiteradamente, en los tres años inmediatamente anteriores al de la denuncia había aceptado la presentación de la solicitud de validación de estudios, por parte de la reclamante.