El artículo 8 de la Ley 20.780 establece un impuesto anual, a beneficio fiscal, para gravar las emisiones al aire de material particulado, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre y dióxido de carbono, que sean producidas por establecimientos cuyas fuentes emisoras, individualmente o en su conjunto, emitan 100 o más toneladas anuales de material particulado o 25.000 o más toneladas anuales de dióxido de carbono.
Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)
Región Metropolitana: SMA formula cargos contra Agrícola AASA por incumplimientos en Resoluciones de Calificación Ambiental de sus planteles porcinos.
Primer Tribunal Ambiental inspecciona sector de Las Vegas de Tilopozo por reclamación de Minera Escondida.
SMA ordena medida urgente y transitoria a Compañía Contractual Minera Ojos del Salado tras socavón en Tierra Amarilla.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de empresa constructora contra la multa de 35 UTA por infracción a la norma de ruido ordenada por la SMA.
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por la empresa constructora en contra del procedimiento sancionatorio por infracción a la norma de ruido que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) llevó a cabo a faena de construcción de un edificio en la comuna de Santiago. “En conclusión, conforme a lo expuesto en esta sentencia, […]
Segundo Tribunal Ambiental rechazó en reclamación contra la SMA por archivar denuncia contra proyecto de transporte de agua de Anglo American Sur.
Vecinos de Colina acusaban a la compañía minera de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y fraccionamiento del proyecto “Suministro de aguas claras desde el embalse Ovejería a Anglo American vía acueducto”.
SMA aplica multa contra al relleno sanitario Santa Marta por generar daño ambiental tras el deslizamiento y posterior incendio del relleno ocurrido en 2016.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aplicó una multa de 2.851 UTA, equivalente a más de $2.162 millones, en contra de la empresa Consorcio Santa Marta S.A. Esto, por 11 infracciones configuradas, de las cuales, 1 fue clasificada como gravísima, 7 como graves y 3 como leves, que se sustentan por incumplimientos de las obligaciones contenidas en diversas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
SMA formula cargos contra proyecto Parque Solar Valle Escondido.
El procedimiento sancionatorio se inició tras constatar el incumplimiento por parte de la empresa titular del proyecto sobre las medidas relativas al patrimonio arqueológico existente en la zona.
Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación de EFE contra multa millonaria por fraccionamiento de proyecto Rancagua Express y ruidos molestos.
El proyecto Mejoramiento Integral forma parte de un “Master Plan” desarrollado por EFE, que busca potenciar el sistema ferroviario para el transporte de carga y de pasajeros, entre otros, contemplando para tales efectos siete iniciativas de modernización ferroviaria. Una de estas iniciativas es el proyecto “Rancagua Express”, que contempla tres subproyectos: “Mejoramiento Integral”, “Seguridad y Confinamiento” y “Renovación Flota Material Rodante”.
SMA formula cargos a empresa minera Centinela por daño ambiental.
Tras denuncia ciudadana que informó sobre la configuración de “daño ambiental” que afectaba al arroyo “La Vertiente”, único sitio donde habita la ranita del Loa, Telmatobius dankoi, especie en peligro crítico de acuerdo con la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). Empresa arriesga una multa de hasta 11.000 UTA, equivalente más de $8.000 millones.
Proyecto Edificio Live Reñaca no requería someterse al SEIA y elaborar un EIA a pesar de construirse en las cercanías del Campo Dunar de Concón, resuelve la Corte de Valparaíso.
La edificación no se encuentra tipificada dentro de las causales que obligan a ingresar al SEIA. Además, la recurrente no aportó prueba del impacto ambiental específico que provocaría en el Campo Dunar, por lo que no existe una vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución.
Acción de protección deducida contra la Superintendencia de Medio Ambiente por retardo inexcusable en la tramitación de una denuncia, se acoge a trámite por Corte Suprema.
La SMA es una institución a cargo del seguimiento y fiscalización de instrumentos de gestión ambiental, la que debe recibir las denuncias que cualquier persona presente, debiendo informar sobre los resultados en un plazo no superior a 60 días hábiles.
Tribunal Ambiental acogió reclamación de ENAP en contra de la resolución de la SMA que reformuló cargos en su contra en el caso de intoxicación masiva en Quintero.
Al decretarse nuevas diligencias por la SMA en aquel proceso sancionatorio, debió fijarse un plazo para ello y otorgar audiencia al administrado, pues son exigencias que velan por el debido proceso.
SMA presenta informe en el marco de la reclamación interpuesta en su contra por archivar denuncia de incumplimiento de la RCA y evasión al SEIA de proyecto minero ubicado en la comuna de Andacollo.
La autoridad fiscalizadora solicita el total rechazo de la acción deducida por la Municipalidad de Andacollo.