Justicia búlgara vulneró la Convención Europea de Derechos Humanos al excluir la homofobia como una agravante en la sentencia que condenó a los autores de un homicidio.
En la especie, se infringen los artículos 2 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, los cuales, garantizan el derecho a la vida y la prohibición de la discriminación, respectivamente.