Testigos de jehová

Demanda contra asociación conformada por ex miembros del credo religioso que calificó de “secta destructiva” y “religión destructiva” a los Testigos de Jehová, se rechaza por Tribunal español.

Aunque algunas expresiones sean inexactas o exageradas, prevalece el derecho a la libertad de expresión y de información frente al derecho al honor, pues no existe ninguna necesidad que justifique la injerencia de este en aquellos en una sociedad democrática como la nuestra.

20 de diciembre de 2023

Finlandia no vulneró la libertad de religión de los Testigos de Jehová por imponer requisitos para la recopilación de datos personales durante la evangelización a domicilio.

18 de mayo de 2023
Las restricciones tuvieron el objetivo legítimo de proteger los derechos y libertades de los demás. Así, se protegieron los derechos de otros respecto al procesamiento de sus datos personales, por lo que la exención personal o familiar no es aplicable al caso. Se sopesaron correctamente los derechos de la comunidad demandante frente a los derechos de las personas cuyos datos se estaban utilizando.