TJUE

Inclusión obligatoria de dos huellas dactilares en documentos de identidad no es contraria a la normativa de protección de datos personales, resuelve el TJUE.

La obligación de integrar dos impresiones dactilares completas en el medio de almacenamiento de los documentos de identidad constituye una limitación de los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de los datos de carácter personal, garantizados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Sin embargo, esa integración está justificada por los objetivos de interés general de luchar contra la producción de documentos de identidad falsos y la suplantación de identidad.

26 de marzo de 2024

Agencia Europea de Medicamentos (EMA) debe garantizar la imparcialidad de los expertos que evalúan las solicitudes de comercialización de medicamentos, resuelve el TJUE.

18 de marzo de 2024
Un miembro del grupo de expertos se encontraba en situación de conflicto de intereses, lo que viciaba sustancialmente el procedimiento. La sentencia del TGUE adolece de un error de Derecho, en la medida en que la interpretación de la política relativa a los intereses contrapuestos realizada por este es incompatible con el principio de imparcialidad objetiva.

Normas técnicas armonizadas sobre la seguridad de los juguetes deben estar a disposición de todos los ciudadanos de la Unión Europea, resuelve el TJUE.

13 de marzo de 2024
El Tribunal de Justicia considera que la posibilidad de que los ciudadanos tengan conocimiento de esas normas puede serles necesaria para comprobar si un producto o servicio determinado cumple efectivamente los requisitos de dicha normativa. Por lo tanto, la divulgación de las normas armonizadas en cuestión reviste un interés público superior.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Europol y Estados miembros de la UE son solidariamente responsables del daño que pudiera producirse por el tratamiento ilícito de datos personales en el marco de su cooperación, dictamina el TJUE.

Para que se genere esa responsabilidad solidaria en el marco de la primera fase, la persona física afectada únicamente debe demostrar que, con motivo de la cooperación entre Europol y el Estado miembro de que se trate en virtud de dicho Reglamento, se hizo un tratamiento ilícito de datos que le ha causado un perjuicio.

11 de marzo de 2024
Reglamento General de Protección de Datos.

Empresas de marketing digital son corresponsables de los datos de preferencias de los usuarios en subastas online, resuelve el TJUE.

La empresa debe ser considerada «corresponsable del tratamiento», en el sentido del RGPD. En efecto, sin perjuicio de las comprobaciones que corresponde efectuar al tribunal belga, parece que IAB Europe influye en las operaciones de tratamiento de datos, en el momento del registro de las preferencias en materia de consentimiento de los usuarios.

10 de marzo de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Solicitud de asilo basada en una conversión religiosa que ocurre después de que el solicitante haya abandonado su país de origen debe de ser analizada individual y no automáticamente, resuelve el TJUE.

El interesado debe disfrutar de la protección garantizada por la Convención de Ginebra que prohíbe, en concreto que, por expulsión o devolución, se ponga a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligren, entre otros motivos, debido a su religión.

7 de marzo de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

TJUE determina las condiciones en que un Estado miembro puede prohibir a las empresas no farmacéuticas la venta online de medicamentos sin receta.

Cuando el intermediario se limite a poner en contacto a vendedores y clientes, mediante una prestación propia y distinta del servicio de venta, los Estados miembros no pueden prohibir dicho servicio amparándose en que el prestador participa en el comercio electrónico de venta de medicamentos sin tener la condición de farmacéutico.

5 de marzo de 2024
Medida es contraria a la libertad de circulación.

Contraviene el Derecho de la Unión negativa de los Estados miembros a expedir documentos de viaje a sus nacionales por el solo hecho de residir en otro Estado miembro, resuelve el TJUE.

El Derecho de la Unión no obliga a los Estados miembros a expedir a sus nacionales dos documentos con valor de documentos de viaje. Sin embargo, no les permite tratar de manera menos favorable a aquellos que han ejercido su derecho de libre circulación y residencia dentro de la Unión, sin que medie una justificación basada en consideraciones objetivas de interés general.

29 de febrero de 2024
Rechaza recurso de Rumania.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea valida el registro parcial de una iniciativa ciudadana europea orientada a salvaguardar la igualdad y las culturas regionales.

Si bien el Reglamento relativo a la ICE no preveía expresamente la posibilidad de que la Comisión registrara parcialmente la propuesta, ese Reglamento pretende fomentar la participación de los ciudadanos en la vida democrática de la Unión y hacer que la Unión sea más accesible, de modo que la Comisión está obligada a facilitar su acceso.

26 de febrero de 2024
Decisión adoptada en el marco de la solicitud de un migrante sirio.

Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueden constituir una nueva circunstancia que amerite la reevaluación de una solicitud de asilo previamente rechazada.

Para que una sentencia del Tribunal de Justicia constituya una nueva circunstancia que justifique un reexamen completo, es necesario que dicha sentencia aumente significativamente la probabilidad de que el solicitante tenga derecho a ser beneficiario del estatuto de refugiado.

13 de febrero de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Empresas no son responsables del IVA generado por facturas falsas emitidas por sus trabajadores, excepto en el caso que se acredite que no han actuado diligentemente para prevenir el delito.

El deudor del IVA no puede ser el emisor aparente de una factura falsa cuando este actúa de buena fe y la Administración tributaria conoce la identidad de la persona que ha emitido realmente dicha factura. En esa situación, es esta persona la que adeuda el IVA. Una interpretación diferente sería contraria al objetivo de la Directiva 2006/112/CE.

10 de febrero de 2024
Directiva 2010/13/UE.

Anuncios publicitarios de programas de radio emitidos en canales de TV pertenecientes al mismo propietario no califican como publicidades en relación con los programas de esos canales, resuelve el TJUE.

En la medida en que las normas sobre el tiempo máximo de emisión de publicidad por hora de reloj persiguen objetivos diferentes de los perseguidos por las normas de competencia, el criterio que ha de tenerse cuenta para entender la expresión «propios programas» es el de la responsabilidad editorial de los programas en cuestión, y no el de la pertenencia de los dos organismos de radiodifusión al mismo grupo.

7 de febrero de 2024
Páginade 12