TC declaró derechamente inadmisible inaplicabilidad pretendida por Estudio Jurídico que impugnaba norma del Código del Trabajo en caso en el que es ejecutado y pide nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento.
En su resolución, la Magistratura constitucional sostuvo que concurren las causales de inadmisibilidad prevista en los numerales 3 y 5 del artículo 84 de la LOCTC, toda vez que no existe gestión judicial pendiente, ni el precepto legal impugnado resulta decisivo en la resolución del asunto.