Norma que establece que el auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurso de apelación cuando lo interpusiere el Ministerio Público, produce resultados contrarios a la Constitución.
La exclusión de prueba es una resolución de enorme importancia para el resultado de un juicio, que es expedida por un juez unipersonal, sobre la base de parámetros flexibles o poco precisos, y en que está en juego la libertad de una persona. Por ello garantizar la oportunidad de recurrir de apelación para que se revise dicha determinación judicial y minimizar el riesgo de error es una exigencia de racionalidad y justicia.