TC escucha alegatos de fondo de inaplicabilidad que impugna norma que restringe recurso de apelación en juicio ejecutivo laboral.
Se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designando como redactor a la Ministra Brahm.
Se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designando como redactor a la Ministra Brahm.
En ambas causas, se adoptó acuerdo, quedando en estado de sentencia, designando como redactores a la Ministra Brahm y al Ministro García.
La resolución señala que se ha arribado a la conclusión de que, en la especie, concurre la causal de inadmisibilidad del artículo 84 N° 6 de la LOCTC, ya que el requerimiento adolece de falta de fundamento plausible.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Pozo, quien estuvo por declarar el artículo 1 del proyecto de ley, como propia de ley común.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La Segunda Sala señaló que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 84 numeral 6° de la LOCTC.
Se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designando como redactor al Ministro Vásquez.