En vista de las presentaciones del demandante, sus actividades como activista y su persistente negativa a servir en el ejército a pesar de las medidas adoptadas contra él, se debe estimar que su objeción estuvo motivada por convicciones o creencias de suficiente contundencia, seriedad, cohesión e importancia en razón del artículo 9 del Convenio.
Turquía
Turquía debe indemnizar a trabajador que fue despedido por manifestar su molestia con la gerencia de su empresa, resuelve el TEDH.
Turquía debe indemnizar a hombre que fue condenado por utilizar una aplicación de mensajería vinculada a un grupo considerado extremista.
Turquía vulneró la libertad de expresión de jueza sancionada disciplinariamente por cuestionar públicamente una reforma judicial implementada por el gobierno.
Turquía vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos al imponer una multa arbitraria al presidente de la sección turca de Amnistía Internacional.
Los tribunales turcos confirmaron la multa en sentencia sumaria, sin pronunciarse sobre los motivos de apelación presentados por los demandantes. No podía pasarse por alto que la ONG había aportado pruebas en apoyo de su afirmación de que había declarado los fondos que recibió.
Reclamación de Turquía sobre una milenaria pieza arqueológica, que un coleccionista adquirió por contrabando en este país, se rechaza.
Se trata de una estatuilla de más de 6.000 años de antigüedad, conocida como “Stargazer” que fue extraída ilegalmente de su territorio como contrabando, por lo que exigió su repatriación.
Demanda contra Turquía por el fallecimiento de un joven manifestante se desestima porque los demandantes no agotaron los recursos en sede nacional.
El Artículo 35.1 (criterios de admisibilidad) de la Convención permite resolver un caso solo después de que se hubieran agotado todos los recursos internos: los Estados no son responsables ante un organismo internacional hasta que hubieran tenido la oportunidad de dirimir los asuntos dentro del orden jurídico interno.
Sentencias dictadas por tribunales internacionales poseen fuerza vinculante y su incumplimiento acarrea responsabilidad internacional.
Se constató que Turquía incumplió la sentencia dictada con motivo del caso Kavala, que ordenó a ese país liberar al activista turco Osman Kavala.
El pago de prestaciones monetarias no puede estar sujeto a criterios de género ya que ello es una discriminación arbitraria.
La decisión de una fundación turca de no pagar plusvalías a la viuda de un miembro fallecido vulneró el principio de no discriminación, la igualdad entre hombres y mujeres y el derecho de propiedad.
Visan acuerdos internacionales que facilitarán servicios de transportes aéreos.
Los instrumentos internacionales celebrados con Turquía, Qatar, Finlandia e Israel se enmarcan en la política aerocomercial de cielos abiertos impulsada por Chile y que tiene como fin conseguir la mayor apertura con los demás países.