Vecinos

Para afiliarse a una junta de vecinos se debe tener a lo menos catorce años y residir en la unidad vecinal respectiva, circunstancia que debe ser efectiva y acreditada.

El secretario municipal deberá objetar la constitución de una junta de vecinos si advierte que ésta no cumple con las exigencias previstas, entre las que se encuentra que las personas que la conforman residan efectivamente en la unidad vecinal, y de no ser subsanadas en el término de noventa días, caducará la personalidad jurídica de la organización vecinal.

7 de marzo de 2024

"Alegaciones vinculadas a una potencial alteración significativa de sistemas de vida y costumbres".

Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de vecinos contra proyecto inmobiliario “Terrazas del Valle” de Lo Barnechea.

“Que, de todo lo razonado en esta sentencia, a juicio del Tribunal no consta ilegalidad alguna en el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto ‘Terrazas del Valle’ ni en las Resoluciones Exentas N° 105/2020 y N° 307/2020, razón por la cual la reclamación será rechazada”, dice la sentencia.

22 de noviembre de 2021