
Al analizar la violencia de género, no se debe atender al género u orientación sexual de la víctima, ya que lo importante es la gravedad de las conductas denunciadas.
Al analizar la violencia de género, no se debe atender al género u orientación sexual de la víctima, ya que lo importante es la gravedad de las conductas denunciadas.
En razón del principio de la bilateralidad de la audiencia, el juzgado de primer grado no puede resolver sobre la base de las afirmaciones de una sola de las partes, en este caso, de la denunciante.
No es aceptable que dichas personas lleguen a ocupar cargos de elección popular, dado que además de cometer delitos y actos sumamente reprochables, dañan y desprestigian las instituciones políticas.
La normativa rige seis meses después de publicada en los casos de Tribunales de Familia y en los casos penales tendrá vigencia en diez o catorce meses desde su publicación, según la región.
Los hijos de la demandante expresaron que no querían volver con su madre.
El máximo Tribunal descartó infracción al debido proceso por la incorporación de prueba sin compartir pantalla en sesión remota.
El Tribunal de alzada compartió la decisión del ente regulador de sancionar al programa Mucho Gusto.
La Comisión de Mujer del Senado estableció, entre otros aspectos, que las conductas ejercidas en contexto de relaciones afectivas o familiares que tengan como objeto la vulneración de la autonomía económica de la mujer, patrimonial o subsistencia económica de la familia, serán constitutivas de VIF y si la conducta es reiterativa podría incluso, considerarse como delito penal.
La iniciativa legal, patrocinada por la senadora Adriana Muñoz, incorpora una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático.
La iniciativa tiene que ser vista por la Comisión de Hacienda que conocerá el informe financiero que presentó el Ejecutivo para ver cómo se financia esta propuesta.
El máximo Tribunal estableció que en la especie se infringió la garantía al debido proceso al permitir la declaración viciada de la víctima, por lo que ordenó la realización de un nuevo juicio oral ante jueces no inhabilitados.