TEDH rechazó demanda de una mujer en contra del Estado de Noruega por quitarle la custodia de sus hijos y permitirle visitarlos solo 4 días al año.
Los hijos de la demandante expresaron que no querían volver con su madre.
Los hijos de la demandante expresaron que no querían volver con su madre.
El máximo Tribunal descartó infracción al debido proceso por la incorporación de prueba sin compartir pantalla en sesión remota.
El Tribunal de alzada compartió la decisión del ente regulador de sancionar al programa Mucho Gusto.
La Comisión de Mujer del Senado estableció, entre otros aspectos, que las conductas ejercidas en contexto de relaciones afectivas o familiares que tengan como objeto la vulneración de la autonomía económica de la mujer, patrimonial o subsistencia económica de la familia, serán constitutivas de VIF y si la conducta es reiterativa podría incluso, considerarse como delito penal.
La iniciativa legal, patrocinada por la senadora Adriana Muñoz, incorpora una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático.
La iniciativa tiene que ser vista por la Comisión de Hacienda que conocerá el informe financiero que presentó el Ejecutivo para ver cómo se financia esta propuesta.
El máximo Tribunal estableció que en la especie se infringió la garantía al debido proceso al permitir la declaración viciada de la víctima, por lo que ordenó la realización de un nuevo juicio oral ante jueces no inhabilitados.
La Sala concluyó que no se explica circunstanciadamente la forma concreta y delimitada en que se podría producir una vulneración a la Constitución, en el caso concreto, teniendo en consideración la forma en que ha sido estructurado el requerimiento.
El juez de letras de Lebu, en su oportunidad, ordenó trabar contienda de competencia, remitiendo los antecedentes a la Corte de Apelaciones, a fin de que se dirimiera conforme a derecho.
Propone establecer como regla general la publicidad de los procedimientos de familia, en conformidad a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile.