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Garantía procesal

Debido proceso

Se consagra en el artículo 19 n°3, inciso 6, pero se extiende como un principio que cruza toda disposición procesal.

El Papel Fundamental del Debido Proceso en el Sistema Legal Chileno.

– PERO, ¿QUÉ ES EL DEBIDO PROCESO?:

El debido proceso es un conjunto de reglas que aseguran que todas las personas sean tratadas justamente por la ley y que sus derechos estén protegidos cuando están involucradas en procesos legales.

– ¿CÓMO SE PUEDE DEFINIR?:

Se puede definir el Derecho al debido proceso como aquel que, franqueado el acceso a la jurisdicción, permite que el proceso se desarrolle con todas las garantías esenciales, racionales y justas que contribuyan a un procedimiento equitativo y no arbitrario.

– ¿QUÉ NOS SEÑALA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?:

El TC lo define sosteniendo que el procedimiento legal debe ser racional y justo. Racional para configurar un proceso lógico y carente de arbitrariedad. Y justo, para orientarlo a un sentido que cautele los derechos fundamentales de los participantes en un proceso

– ¿CONJUNTO DE GARANTÍAS?:

Este es el concepto más popular para identificar un conjunto de garantías procesales, orgánicas y penales que se manifiestan en la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, en todo tipo de asuntos, contradictorios o no, que se tramitan ante tribunales ordinarios y especiales que ejerzan jurisdicción.

– ELEMENTOS CONSTITUCIONALES:

Las garantías del debido proceso son normas de aplicabilidad directa para todos, pero que requieren un desarrollo legislativo para especificarlas como sistema para los distintos procedimientos.

– DERECHOS QUE LO INTEGRAN:

Por tanto, existirán derechos integrantes del debido proceso que pueden calificarse como derechos constitucionales –como el derecho a defensa jurídica– y otros que resultarán, simplemente, derechos de configuración legal por el menor alcance de los bienes jurídicos involucrados.

– ENTONCES DE ACUERDO A LO ANTERIOR, PODEMOS DECIR QUE TODA PERSONA TIENE POR EJEMPLO DERECHO A:

Ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad.

ALGUNOS DERECHOS QUE LO INTEGRAN:

Se entienden como parte fundamental del debido proceso, los siguientes derechos:

a.- Derecho a un juez predeterminado en la ley: Aquel tribunal que conozca de un asunto debe hacer sido creado con anterioridad a los hechos de los que está llamado a conocer.

b.- Derecho del imputado a ser gratuitamente asesorado por un traductor o intérprete.

c.- Derecho a la bilateralidad de la audiencia: El derecho a conocer de manera oportuna la acción, a formular defensas, de rendir y controvertir pruebas en el proceso.

d.- Derecho al debido emplazamiento: Derecho a que se lo notifique de que es parte de un procedimiento.

e.- Derecho a la igualdad de las partes: Derecho al igual trato dentro del proceso.

f.- Derecho a presentar e impugnar pruebas: Derecho a una adecuada defensa, asegurando la aptitud de presentar pruebas y tener derecho a impugnar aquellas que vulneren las pretensiones y derechos que se hagan valer.

g.- Derecho a una investigación racional y justa: Impide al Ministerio Público en ejercicio de su facultad de investigación conculcar los derechos fundamentales de los intervinientes.

h.-Derecho a una defensa jurídica letrada.

i.- Derecho del imputado a ser asistido por un defensor público.

j.- Derecho a obtener una resolución motivada sobre el fondo.

k.- Derecho de revisión judicial por un Tribunal superior.

– EJEMPLO CASO:

Una joven muy simpática llamada Josefa Dolores, fue detenida por presunta participación en un incidente. En este proceso, se aseguraron varios derechos importantes del debido proceso que concurren en nuestro sistema Chileno, como por ejemplo:
a. Derecho a la Información: Desde el momento de su detención, a Josefa se le informó claramente sobre los cargos en su contra y se le explicaron sus derechos.
b. Derecho a tener Defensa: Se le brindó a Josefa la oportunidad de contar con un abogado para que la asistiera y defendiera durante todo el proceso legal.
c.- Presunción de Inocencia: A lo largo del proceso, se respetó la presunción de inocencia de Josefa, reconociendo que es inocente hasta que se demuestre lo contrario.
d. Derecho a un Juicio Justo: Se garantizó que el juicio de Josefa fuera justo e imparcial, con todas las pruebas presentadas de manera adecuada y la oportunidad de presentar su propia defensa.
e. Derecho a No Autoincriminarse: A Josefa se le aseguró que no estaba obligada a declarar en su contra y que cualquier declaración que hiciera podría ser utilizada en su contra.
f. Derecho a Recurrir a un tribunal superior: En caso de que el juicio no resultara favorable, se le aseguró a Josefa el derecho a apelar la decisión ante instancias superiores. (Apelar, interponer un recurso).