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En primer trámite.

Moción actualiza tipificación de delitos informáticos.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional en análisis por las comisiones de Ciencias y Tecnología; y por la de Constitución, Legislación y Justicia, ambas de la Cámara de Diputados.

27 de julio de 2015

La moción, presentada por los diputados Turres, Urrutia, Squella, Trisotti, Coloma, Andrade, Auth, Farías, Saffirio y Walker, tipifica y sanciona los delitos informáticos derogando la Ley 19.223, que regula esta materia.

Al efecto, la iniciativa aborda no sólo las normas penales materiales relacionadas con este ámbito, sino que ahonda también en algunas normas de carácter procesal penal que buscan facilitar y hacer más eficiente la investigación y sanción de dichos delitos.

El proyecto, junto con derogar la citada Ley 19.223, define que el que maliciosamente destruya o inutilice un sistema informático de tratamiento computacional de datos, o sus partes o componentes lógicos, o limite o modifique su funcionamiento, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo (desde 541 días a cinco años).

La propuesta establece que si la conducta recae sobre sistemas de los cuales dependan la defensa nacional, la seguridad pública o la infraestructura crítica del país, como por ejemplo servicios públicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, transporte, redes domiciliaras de gas o redes cableadas o inalámbricas de telefonía o computación; la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (desde tres años y un día a diez años).

Además, la moción expone que el que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema informático de tratamiento de datos, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio. Al igual que en los casos anteriores, si los datos corresponden a un sistema particularmente sensible, la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.

De otro lado, el proyecto establece que la tenencia, posesión, producción, venta, difusión, o cualquier otra forma de puesta a disposición de dispositivos, programas informáticos, aplicaciones, claves, códigos de acceso u otro tipo de elemento informático que permitan o faciliten la comisión de delitos, será sancionada con presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a tres años y un día), entre otras materias.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional en análisis por las comisiones de Ciencias y Tecnología; y por la de Constitución, Legislación y Justicia, ambas de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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