Por unanimidad.
Corte de Santiago acoge recurso de protección en contra de Juez de Garantía y declara ilegal resolución que prohibió divulgar el nombre y la imagen de un abogado formalizado por delitos de estafas y otras defraudaciones.
En contra de esa resolución el Colegio de Periodistas interpuso un recurso de protección que fue acogido por la Primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual, si bien consideró que dicha medida no puede ser calificada de arbitraria si resulta ilegal.

En la audiencia de formalización una juez de garantía, previo debate, acogió la solicitud de la defensa y decretó la prohibición de divulgar el nombre, imagen y fotografía de un abogado imputado por diversos ilícitos penales fundado en el derecho de éste a la privacidad y en la presunción de inocencia que lo favorece.
En contra de esa resolución el Colegio de Periodistas interpuso un recurso de protección que fue acogido por la Primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual, si bien consideró que dicha medida no puede ser calificada de arbitraria si resulta ilegal.
No es arbitraria –razona el Tribunal de Alzada- por cuanto la misma fue dictada en una audiencia pública de formalización, previo debate de la solicitud formulada por la defensa con intervención del Ministerio Público y en la que la juez de garantía, al acogerla, señaló las razones y principios jurídicos por los cuales accedió a esa petición.
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