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Primera Sala.

TC no acogió a tramite acción de inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley de Isapres ya cuestionada en requerimiento anterior declarado inadmisible.

Razonó que acoger a trámite el requerimiento significaría dejar sin efecto una sentencia interlocutoria dictada en un proceso anterior incoado por la misma requirente.

19 de diciembre de 2008

La gestión pendiente invocada es un recurso de protección en tramite ante la Corte de Santiago.
El TC resolvió la inadmisibilidad del requerimiento luego de comprobar que perseguía la declaración de inaplicabilidad del mismo precepto legal ya impugnado en presentación anterior declarada inadmisible y que incidía en idéntica gestión pendiente.
Razonó que acoger a trámite el requerimiento significaría dejar sin efecto una sentencia interlocutoria dictada en un proceso anterior incoado por la misma requirente (Rol Nº 1265) y que la distinta formulación que se presenta en el texto de la acción bajo examen, sobre las consideraciones de derecho en las que ella se apoya, no cambia la circunstancia de tratarse de la misma pretensión ya declarada inadmisible, por lo que siendo clara la normativa constitucional en establecer que no cabe deducir recurso alguno en contra de las resoluciones que dicte una Sala en ejercicio de la atribución que se le asigna en la materia, debe ser rechazada la petición de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducida.

Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° 1282.

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* Vea sentencia de requerimiento anterior declarado inadmisible…

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