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A propósito del Royalty Minero.

Diputados proponen garantizar a nivel constitucional el derecho del Estado a percibir una regalía minera justa.

La moción, patrocinada por los Diputados Accorsi, Chahín, De Urresti, Espinosa, González, Marinovic, Muñoz, Robles, Teillier y Vilches, observa que “históricamente solo la minería ha sido capaz de aportar los recursos necesarios para sostener las arcas públicas”, y que no existe “otra actividad económica que haya contribuido al desarrollo nacional como la extracción de las […]

24 de septiembre de 2010

La moción, patrocinada por los Diputados Accorsi, Chahín, De Urresti, Espinosa, González, Marinovic, Muñoz, Robles, Teillier y Vilches, observa que “históricamente solo la minería ha sido capaz de aportar los recursos necesarios para sostener las arcas públicas”, y que no existe “otra actividad económica que haya contribuido al desarrollo nacional como la extracción de las riquezas mineras de nuestro subsuelo”.  Añaden que el Presidente Piñera ha sometido a la consideración del Congreso Nacional, “un proyecto de ley que busca establecer una regalía minera en base a una tasa efectiva de entre un 5% y un 9% sobre el margen operacional minero”, pero que ello es “insuficiente y contraria a los intereses permanentes de la Nación, toda vez que por un pequeño aumento de recaudación el Estado se privaría del derecho a establecer una regalía acorde con el nivel de utilidades que genera la minería”.
Con el objeto de “generar recursos en la magnitud suficientes para dar un salto cualitativo en nuestro proceso de desarrollo nacional y regional”, proponen incorporar un nuevo inciso al numeral 24 del artículo 19 de la Constitución, que disponga: «Sin perjuicio de la recaudación por la tributación general, el Estado recibirá como contraprestación de la concesión minera el pago de una regalía que ascenderá a la quinta parte del valor neto de las ventas de todos minerales. Una décima parte de lo recaudado por concepto de regalía será distribuido entre las comunas en donde se asienten los yacimientos y explotaciones mineras y otra décima parte se distribuirá entre los Gobiernos Regionales. Una ley orgánica constitucional regulará los procedimientos de cobro y distribución de las regalías».

Vea texto íntegro del boletín N° 7223.

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