Diario Constitucional

Convenio 169 de la OIT.

Cámara de Diputados debatió acerca del sistema de consulta a los pueblos originarios.

El Convenio 169 de la OIT dispone que para la aplicación del mismo, los gobiernos deben consultar "a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente".Los términos en que se debe proceder a la consulta…

Por Redacción·02 de abril de 2011·2 min de lectura
Cámara de Diputados debatió acerca del sistema de consulta a los pueblos originarios.
Referencial

El Convenio 169 de la OIT dispone que para la aplicación del mismo, los gobiernos deben consultar “a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”. Los términos en que se debe proceder a la consulta a los pueblos originarios en el marco de la tramitación de los proyectos de ley ha generado una serie de discrepancias a nivel legislativo. En torno a ese tema -y con la presencia de especialistas internacionales y de representantes del Ejecutivo-, la Comisión Especial de la Cámara de Diputados sobre Pueblos Originarios discutió el sistema de consulta que se debe aplicar a este sector de la población cuando un determinado proyecto los afecte. En la ocasión se explicaron los criterios que tiene la OIT y el Ejecutivo sobre el mecanismo que podría adoptar el Legislativo para dar cumplimiento a la exigencia de consulta ya señalada. El diputado José Manuel Edwards aseveró que la especialista de la OIT dejó muy claro que el responsable de la consulta a los pueblos originarios, cuando sus intereses se ven afectados, es el Gobierno, no existiendo ninguna responsabilidad por parte del Congreso. En consecuencia, toda consulta que se realice a los afectados por la Cámara “va a ser extra y queda a criterio de la Comisión cómo hace la consulta, si es que determina hacerse”. Añadió que los expertos señalaron que no hay experiencia contundente a nivel internacional sobre la aplicación del sistema de consulta y –reiteró- que, donde se ha aplicado, siempre ha sido por parte del Ejecutivo.

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