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Modifica LOC de Municipalidades.

Iniciativa que restringe incompatibilidades para ser electo concejal fue devuelta a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados para que evacue un nuevo informe.

(…)durante la discusión en la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados, la moción fue objeto de una indicación sustitutiva que suprime totalmente las excepciones a las incompatibilidades del cargo de concejal, es decir, incluso no podrían ser concejales los actualmente excluidos, esto es, los profesionales no directivos.

3 de mayo de 2011

El artículo 75 de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que el cargo de concejal es incompatible con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones o fundaciones en que ella participe, estableciendo como excepción los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados.
La moción de los diputados Ascencio, Espinoza, Lemus, Ojeda y Sabat, expone que dicha disposición es abiertamente discriminatoria y desincentiva a aquellas personas que, siendo líderes de sus comunidades, conociendo en terreno sus necesidades y teniendo la voluntad de servir a sus vecinos, no pueden elegirse como concejal ya que al desempeñarse sus funciones dentro del mismo Municipio existe incompatibilidad para ser electo.
Por ello propusieron incorporar dentro de la excepción contemplada para los “profesionales no directivos” a los “técnicos”, para que se puedan desempeñar en el cargo de concejal.
Sin embargo, durante la discusión en la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados, la moción fue objeto de una indicación sustitutiva que suprime totalmente las excepciones a las incompatibilidades del cargo de concejal, es decir, incluso no podrían ser concejales los actualmente excluidos, esto es, los profesionales no directivos.
Debido entonces a que la propuesta original fue modificada radicalmente en sentido contrario a lo que por ella se perseguía, la Sala acordó, por unanimidad, no votar en general el proyecto y remitirlo nuevamente a la Comisión de Gobierno de la Cámara para que sea rediscutido.

Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación boletín N° 7073.

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