Proyecto de acuerdo.
Cámara de Diputados emplaza al Ejecutivo para que ingrese a trámite legislativo proyecto de ley sobre libre cabotaje aéreo.
(...)tal reciprocidad muchas veces implica establecer eventuales limitaciones y barreras a ciertos operadores aéreos extranjeros, lo que trae “consigo menor competividad para las empresas que quieran operar en Chile, menor apertura del mercado hacia empresas extranjeras y, por consiguiente, mayores precios”.

La Cámara de Diputados aprobó -con 53 votos a favor y una abstención-, un proyecto de acuerdo de los diputados Bertolino, Browne, Edwards, García, Godoy, Martínez, Monckeberg, Rivas y Sabat, mediante el cual solicitan al Presidente de la República el envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que consagre el principio de libre cabotaje aéreo en todo el territorio del país. El proyecto de acuerdo observa que el Decreto Ley 2.564, de 1979, que dicta normas sobre aviación comercial, consagra el principio de reciprocidad en materia de cabotaje aéreo, por medio del cual se permite a empresas extranjeras ofrecer servicios de alcance nacional dentro del territorio chileno siempre y cuando el Estado al que pertenezcan dichas líneas aéreas permita que las empresas chilenas también ofrezcan servicios de transporte de pasajeros y carga dentro del territorio de dicho Estado. Observa luego que tal reciprocidad muchas veces implica establecer eventuales limitaciones y barreras a ciertos operadores aéreos extranjeros, lo que trae “consigo menor competividad para las empresas que quieran operar en Chile, menor apertura del mercado hacia empresas extranjeras y, por consiguiente, mayores precios”. Para subsanar tal deficiencia, que “es contraria a una legislación moderna y no permite más alternativas de viaje a los ciudadanos chilenos”, exhortan al Ejecutivo para que ingrese a trámite legislativo un proyecto de ley que elimine el principio de reciprocidad y consagre el libre cabotaje aéreo en todo el territorio nacional. El proyecto de acuerdo invoca el artículo 19 N° 21 de la Carta Fundamental, que reconoce el derecho a desarrollar todo tipo de actividades económicas que respeten las normas legales y no sean contrarias a la moral, el orden público o a la seguridad nacional.
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