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Será votada con informe negativo.

Cámara de Diputados rechazó enmienda constitucional que exige a candidatos a diputado estar inscritos en los registros electorales de la región a la que pertenece el distrito a lo menos por dos años antes de asumir su cargo.

Carta Fundamental “es hoy una circunstancia insuficiente”, ya que basta que el parlamentario “acredite una propiedad arrendada para poder ser elegido diputado, sin que ello permita acreditar un vínculo real con la región”.

9 de junio de 2011

La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados rechazó –en votación dividida- un proyecto de reforma constitucional que exige a los candidatos a diputados estar inscritos en los registros electorales de la región a la que pertenece el distrito por el que postulan, a lo menos dos años antes de asumir.
La iniciativa surgió de una moción patrocinada por los diputados Ascencio, Auth, Becker, Bobadilla, Browne, Godoy, Meza, Monckeberg Bruner, Sepúlveda y Vallespín, quienes estimaron que el requisito de residencia establecido en el artículo 48 de la Carta Fundamental “es hoy una circunstancia insuficiente”, ya que basta que el parlamentario “acredite una propiedad arrendada para poder ser elegido diputado, sin que ello permita acreditar un vínculo real con la región”.
La referida Comisión se manifestó contraria a la propuesta, por cuanto limita la opción de los electores de escoger entre un mayor número de candidatos.
Con todo, el proyecto de reforma constitucional se votará en Sala con informe negativo.

Vea texto íntegro de la moción.

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