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Protección de los Derechos del Consumidor.

Diputados ingresan a trámite legislativo proyecto de ley que establece el derecho a retracto de los consumidores en contratos u ofertas a distancia.

Observa luego que en el precitado cuerpo legal se establece “una limitación expresa al mencionado derecho cuando se trata de contratos celebrados mediante medios electrónicos u ofertas hechas a distancia”, lo que califican de injusto y arbitrario, porque afecta solo a un sector de los consumidores.

5 de julio de 2011

La moción de los diputados Araya, Ascencio, Cerda, Chahín, Goic, Sabag, Saffirio, Sepúlveda, Torres y Walker, expone que la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos del Consumidor, contempla entre sus normas “el derecho a retracto”, esto es, la “facultad del consumidor de poner término de manera unilateral a un contrato de compraventa de bienes y/o servicios, sin expresión de causa y cumpliendo ciertos plazos y requisitos expresamente señalados en la norma”.

Observa luego que en el precitado cuerpo legal se establece “una limitación expresa al mencionado derecho cuando se trata de contratos celebrados mediante medios electrónicos u ofertas hechas a distancia”, lo que califican de injusto y arbitrario, porque afecta solo a un sector de los consumidores.

Con el objeto de restablecer íntegramente el derecho a retracto en el ordenamiento jurídico, proponen que éste se aplique a los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.

Vea texto íntegro de la moción.

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