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A propósito de la acusación constitucional.

Instituto de Derechos Humanos expresa que el ejercicio del derecho a reunión se debe regular por ley.

“el ejercicio del derecho de reunión en lugares públicos no puede restringirse en base a normas reglamentarias sino que debe dictarse una ley”, lo que contraviene la Convención Americana de Derechos Humanos toda vez que se establecen restricciones mediante normas reglamentarias, como “las disposiciones generales de policía”.

24 de agosto de 2011

El Consejero del INDH, Manuel Núñez realizo ante la Comisión de Diputados que estudia la acusación constitucional en contra del Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, una exposición una sobre la libertad de reunión y su régimen jurídico como derecho fundamental.
En la ocasión, manifestó que “el ejercicio del derecho de reunión en lugares públicos no puede restringirse en base a normas reglamentarias sino que debe dictarse una ley”, lo que contraviene la Convención Americana de Derechos Humanos toda vez que se establecen restricciones  mediante normas reglamentarias, como “las disposiciones generales de policía”.
El diputado Pérez expreso que “estamos haciendo nuestro trabajo, hemos recibido los informes de cada una de las personas que han asistido en el día de hoy. Con eso nos vamos a quedar y veremos cuando responda el Ministro, para ver la próxima semana la posibilidad de invitar a nuevas personas que puedan entregar su opinión”.
Los diputados encargados de estudiar la acusación constitucional deducida se encuentran a la espera del escrito de contestación al libelo acusatorio.

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