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Modifica LOC del Congreso Nacional.

Senadores proponen la creación de un Consejo Parlamentario de Futuro en Ciencia y Tecnología.

La moción de los senadores Alvear, Chahuán, Girardi, Larraín y Letelier expresa “la incomodidad latente que manifiesta la ciudadanía y también el Congreso respecto de cómo los descubrimientos científicos y tecnológicos inventan y reinventan el futuro de las personas y las estructuras sociales en ciclos cada vez más cortos”, agregando la necesidad de respuestas rápidas […]

8 de septiembre de 2011

La moción de los senadores Alvear, Chahuán, Girardi, Larraín y Letelier expresa

“la incomodidad latente que manifiesta la ciudadanía y también el Congreso respecto de cómo los descubrimientos científicos y tecnológicos inventan y reinventan el futuro de las personas y las estructuras sociales en ciclos cada vez más cortos”, agregando la necesidad de respuestas rápidas por parte de los parlamentos a la hora de tomar decisiones en materias que requieren el apoyo de expertos en disciplinas específicas.
A los fines expuestos, la iniciativa propone modificar la Ley N°18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional para crear un Consejo Parlamentario de Futuro en Ciencia y Tecnología es un órgano bicameral, de carácter asesor, encargado –entre otras materias- de analizar, debatir y evaluar las consecuencias sociales, económicas y medioambientales de las innovaciones científicas y las nuevas tecnologías; proponer al Gobierno la elaboración de políticas públicas que fomenten programas, planes y proyectos destinados a la innovación científica y tecnológica; sugerir cambios normativos y administrativos que permitan fomentar el desarrollo científico y tecnológico del país y corregir sus consecuencias negativas.
Éste consejo estará integrado por el Presidente del Senado y de la Cámara de Diputados; dos senadores y dos diputados elegidos por cada Cámara, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio; tres investigadores que hayan sido distinguidos con el Premio Nacional de Ciencias Exactas; o con el Premio Nacional de Ciencias Naturales o el Premio de Ciencias Aplicadas y Tecnológicas. Estos serán elegidos por el Comité Ejecutivo del Consejo de Rectores; el Director de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT); un representante de la Academia Chilena de Ciencias; un representante del Consejo de Sociedades Científicas de Chile; un representante de la Academia Chilena de Ciencias Sociales, Políticas y Morales.
Las sesiones del Consejo tendrán el carácter de públicas y serán presididas por el Presidente del Senado. En su ausencia, presidirá el Presidente de la Cámara de Diputados, sesionando a lo menos, cada dos meses y serán convocadas por su Presidente dentro de los primeros quince días del mes correspondiente. Las sesiones extraordinarias serán citadas por el Presidente del Consejo, de propia iniciativa o a solicitud de la mayoría de sus integrantes; entre otras disposiciones que el proyecto de ley consulta. 

Vea texto íntegro de la moción. 

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