El Centro Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, en el mes de julio del presente año –a través de su Clínica de Interés Público- solicitó la invalidación del Decreto Supremo 124 del Mideplan, por cuanto esa norma vulneraría los estándares internacionales de derechos humanos reconocidos por el Convenio 169 de la OIT, y las disposiciones constitucionales y legales vigentes en nuestro país. En su solicitud, también se instaba a realizar las acciones necesarias para elaborar un reglamento que permitieran una real y plena aplicación de los estándares del Convenio, en el cual se indicara la necesidad que el establecimiento de que un procedimiento de consulta se haga a través de una ley y no de un reglamento.
El MIDEPLAN accedió a solicitud, aperturando el procedimiento administrativo de invalidación. A tales efectos, anunció un período de un mes de audiencia pública en el cual “todos los interesados podrán realizar presentaciones, formular observaciones y aportar los documentos y antecedentes que estimen necesarios y pertinentes, en cualquier tipo de formato o soporte”.
La decisión, fue calificada como “inédita”, por cuanto abre la posibilidad de derogar el DS 124, permitiendo a los pueblos indígenas como a cualquier interesado, realizar sus planteamientos con el objeto de “acreditarse fundada y razonablemente la existencia de los vicios de legalidad reclamados”.