A fin de equilibrar derecho a la educación y libertad de enseñanza.
Senadores proponen reforma constitucional fortaleciendo configuración del derecho a la educación.
La moción de los senadores Ignacio y Patricio Walker, Ruiz-Esquide, Sabag y Zaldívar, expone que el fortalecimiento constitucional del derecho a la educación se justifica por tres razones. Primero, por cuanto "le permitiría al legislador avanzar con mayor seguridad jurídica en el camino de continuar perfilando la institucionalidad educativa". Segundo, debido a que "servirá para…

La moción de los senadores Ignacio y Patricio Walker, Ruiz-Esquide, Sabag y Zaldívar, expone que el fortalecimiento constitucional del derecho a la educación se justifica por tres razones. Primero, por cuanto “le permitiría al legislador avanzar con mayor seguridad jurídica en el camino de continuar perfilando la institucionalidad educativa”. Segundo, debido a que “servirá para que los distintos aplicadores de la ley –jueces, administradores, etc.- dispongan de elementos orientadores que permitan darle máxima eficacia y predictibilidad a la ejecución de las normas subconstitucionales”. Finalmente, para los ciudadanos permitirá “que exista una mayor consciencia sobre el carácter de bien público de esta garantía”.
Observa luego que “la clave es articular con prudencia el derecho a la educación y la libertad de enseñanza”, considerando que de reserva la educación a un monopolio estatal se impide el “despliegue de las energías, talentos y perspectivas de la pluralidad de individuos y asociaciones que, integrando la comunidad nacional, quieren enseñar y educar”. Lo anterior se hace más urgente considerando que la actual configuración constitucional ha privilegiado la libertad de enseñanza, en desmedro del derecho a la educación.
Con este objeto, proponen modificar el artículo 19 N° 10 de la Constitución, en el sentido de establecer el deber del Estado de garantizar la existencia de un sistema de educación superior, de reconocer la regulación básica de las Universidades, su autonomía constitucional y la libertad de cátedra, y entregar a la ley el establecimiento de un financiamiento directo para las instituciones estatales de educación superior. Además, el estado debe velar por la calidad de la educación en todos sus niveles. A su turno, se plantea la modificación del artículo 19 N° 11 de la Carta magna, en el sentido de entregar a una ley simple la determinación de requisitos de reconocimiento oficial para establecimientos educativos y contenidos mínimos para cada nivel educacional.
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