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Modifica Ley General de Servicios Sanitarios.

Diputados proponen asegurar un mínimo vital de agua gratuito para todos los habitantes del territorio nacional.

La moción de los diputados Gómez, Lagos y Navarro, expone que el informe presentado por la Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos en el mundo, señala que a pesar de contar a nivel mundial con gran abundancia de agua dulce, ésta se encuentra desigualmente repartida, estimando que uno de cada cinco habitantes […]

24 de octubre de 2011

La moción de los diputados Gómez, Lagos y Navarro, expone que el informe presentado por la Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos en el mundo, señala que a pesar de contar a nivel mundial con gran abundancia de agua dulce, ésta se encuentra desigualmente repartida, estimando que uno de cada cinco habitantes del planeta no disponga de este importante recurso y aproximadamente un 40% de la población mundial no tenga acceso a sistemas básicos de saneamiento. Añaden que Chile no es la excepción, al reconocer en el artículo 19 N° 24 de nuestra Carta Fundamental, el derecho de propiedad respecto de los derechos constituidos o reconocidos sobre las aguas, a lo que se suma la grave situación que contempla el Código de Aguas, que regula una categoría de derechos de aprovechamiento de aguas, a objeto de favorecer el desarrollo de la actividad hidroeléctrica, lo que originó el denominado “mercado de aguas”.

Observa luego que, el pasado mes de junio el Ministerio de Obras Públicas solicitó a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) emitir un informe internacional sobre la situación hidrográfica y el uso real que le dan sus propietarios. El informe arrojo alarmantes resultados: del total del agua disponible, 84,5% va a riego y sólo 4,4% para consumo humano y del 100% de los recursos hídricos utilizables, 80% de los derechos se los reparten la eléctrica española Endesa, la norteamericana AES Gener y la local Colbún.

Por otra parte, los autores definen el consumo mínimo vital de agua como: “la cantidad suficiente, regular y continua de agua segura que requiere cada persona para satisfacer sus necesidades básicas”.

Con el objeto de asegurar este “consumo mínimo vital”, proponen modificar la Ley 18.778, General de Servicios Sanitarios, de manera tal que el Estado garantice un mínimo vital de agua gratuito a los habitantes  procurando que puedan disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico.

La iniciativa añade que se propenderá a asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos de acueducto y de saneamiento básico, así como garantizar que las tarifas por la prestación del servicio de agua estén al alcance de todos, en particular de los usuarios pertenecientes a sectores socioeconómicamente más vulnerables.

Asimismo, se garantizará la sostenibilidad del recurso, debiéndose dar aplicación a los principios de desarrollo sostenible y de la diversidad e integridad étnica y cultural de la población.

Finalmente se establece que el uso del agua se utilizará, por orden de prioridades, para consumo humano, actividades agrícolas, actividades industriales para la producción de alimentos y bebidas, generación hidroeléctrica, actividades industriales, de comercio o servicios, actividades petroleras y mineras y usos recreativos.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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