Ante eventuales efectos negativos del voto voluntario.
Diputados proponen restablecer voto obligatorio en la Constitución.
La reforma constitucional de la Ley Nº 20.337 (D.O., 4 abril 2009), estableció que los ciudadanos serán inscritos automáticamente en el padrón electoral y, a su turno, que el voto es voluntario. En esa oportunidad el Constituyente derivado resolvió que la naturaleza jurídica del sufragio es la de ser un derecho, y que no envuelve…

La reforma constitucional de la Ley Nº 20.337 (D.O., 4 abril 2009), estableció que los ciudadanos serán inscritos automáticamente en el padrón electoral y, a su turno, que el voto es voluntario. En esa oportunidad el Constituyente derivado resolvió que la naturaleza jurídica del sufragio es la de ser un derecho, y que no envuelve una obligación.
La moción de los diputados Arenas, Burgos, Cerda, Cornejo, Hasbún, Sabag, Saffirio, Sepúlveda, Torres y Venegas expresa que en dicha enmienda constitucional -por la cual se introdujo la inscripción automática y el voto voluntario- no se ponderó adecuadamente los negativos efectos de la introducción del voto voluntario.
Observa luego que los efectos negativos del voto voluntario se relacionan con varios factores. Primero, se discrimina por razones socioeconómicas, ya que se “inhibe la participación en procesos electorales de las personas que pertenecen a segmentos socioeconómicos bajos”. Segundo, se produce un descenso en la participación electoral. Tercero, el voto voluntario plantea un ideal “mediocre” de democracia, ya que la esfera pública importa cada vez menos y los planes de vida se definen en el ámbito privado. Cuarto, se quiebra el binomio libertad-igualdad, ya que se al rebajarse los deberes cívicos se trasladan las diferencias socioeconómicas de hecho al derecho. Quinto, la baja participación electoral redunda en un déficit de legitimidad de quienes resultan electos.
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