Diario Constitucional

Primera sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CPC referida al recurso de casación en la forma en juicios especiales.

Se solicitó declara inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. La norma impugnada dispone: "En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1°, 2°,…

Por Redacción·29 de noviembre de 2011·1 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CPC referida al recurso de casación en la forma en juicios especiales.
Referencial

Se solicitó declara inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.

La norma impugnada dispone: “En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1°, 2°, 3°, 4°, 6°, 7° y 8° de este artículo y también en el número 5° cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido”.

La gestión pendiente invocada incide en un juicio de arrendamiento, en el cual la requirente de inaplicabilidad es parte subarrendataria e interpuso un recurso de casación en la forma –que fue admitido a trámite- por omisión de trámites esenciales, por medio del cual se pretende invalidar una sentencia definitiva de primera instancia.

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