Diario Constitucional

Modifica Ley del Consumidor.

Senador propone fijar el valor de los aranceles al momento de ingresar a la educación superior.

La moción del Senador Alejandro Navarro expone que la incertidumbre existente año a año en las familias de nuestro país, debido al incremento en los aranceles de las carreras universitarias, el que no se encuentra regulado bajo ningún parámetro. Por tanto, no existe certeza de cuánto se pagará al término de la carrera. Observa luego…

Por Redacción·26 de diciembre de 2011·2 min de lectura
Senador propone fijar el valor de los aranceles al momento de ingresar a la educación superior.
Referencial

La moción del Senador Alejandro Navarro expone que la incertidumbre existente año a año en las familias de nuestro país, debido al incremento en los aranceles de las carreras universitarias, el que no se encuentra regulado bajo ningún parámetro. Por tanto, no existe certeza de cuánto se pagará al término de la carrera.

Observa luego que el informe presentado por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) indicó que “las cuotas de los centros de educación superior triplican a las de Italia, cuadriplican a las de España, quintuplican a las de Bélgica y son 19 veces mayores que las de Francia” lo que representa que las universidades de nuestro país son las más caras del mundo luego de las casas de estudio de Estados Unidos. Añade, que el gran número de personas endeudas por los aranceles, provocó –entre otros motivos- las movilizaciones estudiantiles durante el último año, que fueron apoyadas por los diversos gremios del país, en relación a esto, el documento agrega que “en los países desarrollados sólo el 23,6% del gasto proviene de fuentes privadas, en Chile este porcentaje se eleva hasta un 84,2%. Significando esto una diferencia porcentual respecto de la inversión con aportes fiscales de casi cuatro veces lo que se invierte en nuestro país”.

Por las razones expuestas, propone modificar la Ley N° 19.496, obligando a todos los establecimientos educacionales de nivel superior, para que al momento de ingreso a alguna de sus carreras, deberán pactar con sus alumnos, mandatarios, o representantes legales, el arancel, en moneda nacional, correspondiente a todos los años electivos de dicha carrera y su reajuste anual, de carácter fijo o variable con arreglo a lo prescrito por esta ley. Asimismo, deberán hacer públicos el último trimestre de cada año el arancel proyectado por carrera, para el año siguiente, y por el tiempo de duración de la misma.

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