Por vulnerar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación
CS revocó sentencia de Corte de Concepción y acogió acción de protección contra una Industria maderera por arrojar desechos líquidos tóxicos
El máximo tribunal estimó ilegal el escurrimiento de líquidos industriales desde un predio colindante, al afectar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y ordenó adoptar medidas para impedir nuevos vertimientos.

Se dedujo una acción de protección en contra de la “Industria Maderera Rarinco” puesto que, producto del rebalse de un pozo, ha arrojado a la vía pública chorros de agua que contienen desechos líquidos industriales, lubricantes y petróleo. El recurrente reclama que estas aguas llegan a su inmueble por un camino vecinal que separa los predios, contaminando las napas subterráneas y provocando efectos nocivos tanto en las personas como en la vegetación, además de emanar un olor pestilente. Estima que dicho acto ilegal y arbitrario vulnera su derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.
La empresa informó que lo alegado por el recurrente no sería efectivo, aunque señaló que “producto de las lluvias de la época se empozó agua en su predio y que ésta habría escurrido debido a que parte de la pandereta fue destruida”. Luego, agregó que ello podría provenir de “alguno de los arrendatarios del recurrente como son los talleres mecánicos y depósito de desechos industriales que allí mantienen”.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el arbitrio constitucional, debido a que el actor no aportó antecedentes suficientes para acreditar la vulneración de los derechos que estima infringidos.
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