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Se remitió al Ejecutivo para su promulgación.

Finaliza trámite en el Congreso nacional del proyecto de ley que regula la instalación antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

En días pasados, la Cámara de Diputados aprobó -por 102 fotos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones- el proyecto de ley, iniciado por mensaje en abril del año 2007, que establece nuevas normas acerca de la instalación y funcionamiento de antenas de telecomunicaciones. Cabe destacar, que se exceptúan de esta normativa las antenas […]

20 de febrero de 2012

En días pasados, la Cámara de Diputados aprobó -por 102 fotos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones- el proyecto de ley, iniciado por mensaje en abril del año 2007, que establece nuevas normas acerca de la instalación y funcionamiento de antenas de telecomunicaciones.

Cabe destacar, que se exceptúan de esta normativa las antenas de bomberos, radioaficionados y las que se utilicen en servicios de utilidad pública.

Entre las novedades que la iniciativa contempla, se cuenta el que no podrán existir antenas dentro de establecimientos educacionales, salas cuna, jardines infantiles, hospitales, clínicas o consultorios, predios urbanos donde existan torres de alta tensión y en hogares de ancianos, fijando un límite de distancia de estos lugares con las antenas, determinada de los deslindes de estos establecimientos no menor a cuatro veces la altura de la torre, con un mínimo de 50 metros de distancia, salvo que se trate de torres que estos establecimientos requieran para sus fines propios.

En cuanto a las antenas ya existentes, se instaura un régimen transitorio para su adecuación a los nuevos estándares, lo que implica “las que tengan más de 12 metros de altura o estén a menos de 40 metros de distancia de un establecimiento de los referidos deberán ser reubicadas dentro de doce meses”.  Por otra parte, a una distancia de entre 40 y 80 metros de estos establecimientos sólo se permitirán torres de hasta 25 metros de altura.

A su turno, zanjando una antigua discusión, el texto aprobado exige que las antenas cuenten con autorización de las direcciones de obras municipales para ser instaladas en terrenos privados, la que deberá exigir una solicitud de instalación del dueño del terreno y del concesionario responsable; un proyecto firmado por un profesional competente que incluya los planos de instalación, presupuesto y proyecto de cálculo estructural, entre otra documentación que señala.

Enseguida, permite que en una misma torre haya más de una antena, o antenas de diferentes empresas, implantando los resguardos técnicos necesarios para ello.

En cuanto a la solicitud de instalación de antenas ante la dirección de obras municipales, se establece un plazo de 15 días hábiles para que la autoridad administrativa resuelva, con silencio administrativo favorable para el administrado.

Por otra parte, respecto a la participación ciudadana, se otorgó el derecho de oposición a la junta de vecinos que corresponda, y a los vecinos que vivan en un radio de dos veces la altura de la antena, lo que se traduce, alternativamente, en solicitar la ejecución de una obra de compensación o una antena que esté acorde con el diseño arquitectónico del vecindario.

Finalmente, crea un fondo administrado por Conicyt, para investigaciones sobre el impacto de sistemas radiantes de telecomunicaciones y la emisión de ondas electromagnéticas, entre otras enmiendas que el proyecto de ley consulta.

 

Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.

 

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