Noticias

En fallo unánime.

CS acoge recurso de casación en el fondo contra sentencia que acogió demanda contra el Fisco por responsabilidad extracontractual.

Se dedujo, por parte del Fisco de Chile, recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que, confirmando la de primera instancia, acogió una demanda de indemnización de perjuicios por la responsabilidad extracontractual del Estado. El recurso denunció falsa aplicación de los artículos 1 y […]

10 de abril de 2012

Se dedujo, por parte del Fisco de Chile, recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que, confirmando la de primera instancia, acogió una demanda de indemnización de perjuicios por la responsabilidad extracontractual del Estado.

El recurso denunció falsa aplicación de los artículos 1 y 7 de la Ley N° 19.880 y la omisión en la aplicación de los artículos 1, 66 inciso 1°, 3 N° 2 letra a, 67 y 70 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público en relación con los artículos 7° a 12° del Código del Trabajo y la falta de aplicación del artículo 19 del Código Civil. Asimismo, invoca infracción del artículo 38 de la Constitución Política. Señala que de haberse aplicado correctamente los preceptos citados, tanto las sentencias de primera como de segunda instancia, habrían rechazado la demanda.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo, señalando que el fallo de los jueces del fondo, no declaran la nulidad de derecho público, sino que se limita a señalar que el acto carece de la debida motivación y adolece de un vicio.

Concluye, que “al no constar una declaración de nulidad de la resolución cuya expedición sirve de fundamento a las indemnizaciones a que fuera condenado el Fisco de Chile, estas carecen de sustento al no cumplirse los requisitos de procedencia de la responsabilidad extracontractual del Estado ante la inexistencia de una relación de causalidad entre el actuar de la Administración y los daños que se dicen producidos”, toda vez que el Fiscal Nacional del Ministerio Público actuó dentro de su competencia y en la forma que prescribe la ley.

 

Ver texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema rol N°8891-2009 y de la sentencia de reemplazo

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *