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Para poder cumplir con ambos roles.

Diputados proponen que los establecimientos educacionales cuenten con salas cunas para las madres que se encuentren cursando sus estudios.

La moción de los diputados Araya, Chahín, Godoy, Goic, Lorenzini, Salaberry, Sepúlveda, Venegas, Walker y Zalaquett expone que el 17% de las mujeres en nuestro país son madres menores de 19 años, lo que implica que un número importante de ellas se encuentra cursando la educación media o superior. Observa luego que en el contexto […]

10 de abril de 2012

La moción de los diputados Araya, Chahín, Godoy, Goic, Lorenzini, Salaberry, Sepúlveda, Venegas, Walker y Zalaquett expone que el 17% de las mujeres en nuestro país son madres menores de 19 años, lo que implica que un número importante de ellas se encuentra cursando la educación media o superior.

Observa luego que en el contexto socio-cultural de nuestro país, no existen normas que garantice a las jóvenes madres poder cumplir con su rol de resguardo y protección de sus lactantes y a la vez ser capaz de compatibilizar con sus responsabilidades académicas.

En este sentido, la iniciativa indica que estudios del Ministerio de Educación, ha demostrado que uno de los factores más relevantes en la deserción estudiantil por parte de las jóvenes, se debe a que las madres no tienen la red de apoyo suficiente para cumplir con ambas responsabilidades. Asimismo, el informe señala que aproximadamente el 53% de la deserción universitaria femenina, se debe a este impedimento.

Por estas razones, la moción propone como una de las medidas, contar con salas cunas para menores de dos años, al interior de los establecimientos educacionales, brindándoles tranquilidad a las madres para que puedan cumplir sin mayor complejidad ambos roles. Por otra parte, en la eventualidad que la madre se encuentre trabajando y no pueda acceder al beneficio del artículo 203 del Código del Trabajo, en relación a la posibilidad de acceder a la sala cuna, sea el padre quien goce de este beneficio dentro del establecimiento estudiantil, o bien si es él quien tiene el cuidado personal del lactante.

Finalmente, se establece que la Ley N° 17.301, sobre la creación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, “permite la transferencia de fondos para la educación parvularia, mediante la postulación de instituciones de derecho público o privado, sin fines de lucro, respecto del cual las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, pueden acceder a recursos financieros para el funcionamiento de salas cunas”, lo que facilitará cumplir con los objetivos de la moción.  

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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