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Se suma a las numerosas iniciativas en dicha línea.

Senadores pretenden impulsar una reforma constitucional que declara a las aguas bienes nacionales de uso público.

la mala distribución del recurso hídrico, la ausencia de gobierno en las cuencas y las características inherentes a los derechos de aprovechamiento de agua ha transformado la regulación del recurso agua en un asunto de seguridad nacional”, lo que a su vez, ha sido una preocupación de la comunidad internacionales en torno a “tomar conciencia de que el acceso al agua potable y al saneamiento debe encuadrarse en el marco de los derechos humanos”.

18 de junio de 2012

La moción de los senadores Allende, Gómez, Letelier, Rossi y Ruiz-Esquide, expone que en la normativa vigente se “considera al elemento hídrico como un bien de consumo”, siendo únicamente el mercado “actor legítimo en la asignación de la cantidad, las modalidades y los plazos asociados a estos derechos, sin intervención alguna del Estado”, en el marco del principio de subsidiariedad que inspira al Constituyente del 80´
Observa luego que “la mala distribución del recurso hídrico, la ausencia de gobierno en las cuencas y las características inherentes a los derechos de aprovechamiento de agua ha transformado la regulación del recurso agua en un asunto de seguridad nacional”, lo que a su vez, ha sido una preocupación de la comunidad internacionales en torno a “tomar conciencia de que el acceso al agua potable y al saneamiento debe encuadrarse en el marco de los derechos humanos”.
A fin de subsanar tal situación, proponen en primer lugar eliminar el inciso final del artículo 19 N° 24 de la Constitución Política, y a la vez, incorporar 3 incisos al N°23 del precitado artículo, de manera tal que se establezca que “las aguas son bienes nacionales de uso público, cualquiera sea el estado en que se encuentren, el lugar en que estén depositadas o el curso que sigan, incluidos los glaciares”.
A su turno, será una ley la encargada de “regular el procedimiento de constitución, reconocimiento, ejercicio y extinción de los derechos que sobre las aguas se reconozca a los particulares, asignando sus usos y modalidades según la diversidad geográfica y climática del país, la disponibilidad efectiva de los recursos hídricos, la situación de las cuencas hidrográficas y la seguridad nacional”, no obstante que “estos derechos jamás podrán tener el carácter de perpetuos”.
Asimismo, el legislador deberá “reservar caudales de aguas superficiales o subterráneas, para asegurar siempre la disponibilidad del recurso hídrico para el consumo humano, pudiendo limitar y restringir el ejercicio de estos derechos”.
Por último, aclaran que “la reforma que se propone en esta materia, recoge los puntos de la presentada por S.E la Presidenta de la República Michelle Bachelet” (Boletín N° 6.816-07), más algunas nuevas, así la Sala del Senado acordó que  el proyecto sea conocido por las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, unidas.

Vea texto íntegro de la moción.

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