Diario Constitucional

Para contribuir en la persecución penal.

Diputados proponen facultar a establecimientos educacionales para querellarse frente a delitos de abuso sexual en que sus alumnos sean víctimas.

La moción, de los diputados Baltolu, Bauer, Bobadilla, Hasbún, Hernández, Hoffmann, Morales, Moreira, Norambuena y Urrutia, destaca que existen una serie de delitos de mayor connotación social con una mayor penalidad, siendo “uno de ellos los delitos de abusos sexuales contra menores, extensamente comentados en la opinión pública con ocasión de la frialdad de sus…

Por Redacción·06 de julio de 2012·1 min de lectura
Diputados proponen facultar a establecimientos educacionales para querellarse frente a delitos de abuso sexual en que sus alumnos sean víctimas.
Referencial

La moción, de los diputados Baltolu, Bauer, Bobadilla, Hasbún, Hernández, Hoffmann, Morales, Moreira, Norambuena y Urrutia, destaca que existen una serie de delitos de mayor connotación social con una mayor penalidad, siendo “uno de ellos los delitos de abusos sexuales contra menores, extensamente comentados en la opinión pública con ocasión de la frialdad de sus ejecutores y, en ciertos casos, con una cierta suavidad de sus penas existentes hace algunos años”.

Observa luego que “tales ilícitos son cometidos en un contexto de secretismo entre la víctima y el victimario, por lo que cuesta establecer la existencia del delito de un modo instantáneo a su ejecución”. Agregan que estos ilícitos “se dan en un ambiente familiar y/o escolar”, revistiendo un daño no sólo familiar sino que también a la generalidad de la comunidad escolar en la cual participa el afectado.

Con el objeto de subsanar tal situación y hacer efectiva la responsabilidad penal de los infractores proponen modificar el artículo 111 del Código Procesal Penal, de manera tal que se introduzca un nuevo inciso en que se establezca que «además podrá interponer querella el establecimiento educacional, en representación de su comunidad educativa por los delitos de abusos sexuales contra menores contemplados en los párrafos 6 y 7 del Título VII del Libro segundo del Código Penal”.

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