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Reforma constitucional.

Diputados proponen establecer el derecho a la manifestación pacífica en lugar de uso público.

“no existe una consagración a nivel constitucional de una garantía que reconozca expresamente el derecho de toda persona a manifestarse pacíficamente en lugares públicos”, sino solo el de “reunirse”.

17 de agosto de 2012

El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los diputados Alinco, Araya, Auth, Espinoza, Farías, Ortiz, Rivas y Sepúlveda, expone que actualmente “no existe una consagración a nivel constitucional de una garantía que reconozca expresamente el derecho de toda persona a manifestarse pacíficamente en lugares públicos”, sino solo el de “reunirse”.
Observa luego que, no obstante, “la voluntad del constituyente era en ese sentido, ya que “en democracia se debe rechazar tanto la violencia como a sus autores, pero también se debe dar el espacio a los ciudadanos a poder expresarse en forma pacífica”.
A tales fines, propone reemplazar el artículo 19 número 13 de la Constitución Política de la República, de manera tal que se asegure a todas las personas «el derecho a manifestarse pacíficamente y sin armas en lugares de uso público, sin permiso previo y sin alterar el orden público ni incitar o ejercer la violencia contra las personas o propiedad”. Asimismo, aclarar que “no se considerarán lugar de uso público las dependencias en las que funcionen servicios públicos, administrativos, municipales o judiciales.”

Vea texto íntegro de la moción.

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