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Reforma constitucional.

Diputados proponen modificar duración y designación del cargo de Fiscal Nacional y Fiscal Regional del Ministerio Público.

“integraran de pleno derecho las quinas y ternas los fiscales nacionales o regionales que se encuentren en ejercicio de su primer periodo, y que manifestaren su deseo de continuar en el cargo”. Por último, en caso de producirse un empate, se impondrán quienes se encuentren en ejercicio del cargo, o por sorteo tratándose de quienes postulan por primera vez».

24 de agosto de 2012

El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los diputados Becker, Cristi, García, Godoy, Monckeberg Bruner, Monckeberg Díaz, Sabat, Sauerbaum, Squella y Turres, expone que la labor del Fiscal Nacional en sus instructivos fija como objetivo el «concentrar sus esfuerzos en la investigación y persecución de los delitos graves”, en desmedro de otros de menor entidad, lo que provoca que ya no se denuncien ciertos hechos que no son menos importantes.
Observa luego que es posible apreciar como los criterios y visiones del rol del Ministerio Público, pueden generar discusiones, aun al interior de la propia institución, y si se considera que la política de seguridad pública es diseñada por el Gobierno, entonces “sería sano y no reñido con la autonomía, que el Fiscal Nacional llegara y se retirara con el gobierno, sin perjuicio que este siga en sus funciones en mérito de su desempeño”. Lo mismo que debería ocurrir con los Fiscales Regionales.
Con el objeto de subsanar tales defectos y como una razonable rotación en los cargos, proponen modificar la Carta Fundamental, de manera tal que en el caso del Fiscal Nacional, su duración en el cargo sea de 4 años con derecho a ser nuevamente designado por un solo periodo consecutivo. En el mismo sentido, tratándose de los Fiscales Regionales, pero agregando la prerrogativa de que en caso de aquellos que no fueren designados nuevamente, o hubiesen cumplido su segundo periodo consecutivo, se les pueda nombrar en otros cargos del Ministerio Público.
En cuanto a la designación de ambos cargos, pretenden declarar que “integraran de pleno derecho las quinas y ternas los fiscales nacionales o regionales que se encuentren en ejercicio de su primer periodo, y que manifestaren su deseo de continuar en el cargo”. Por último, en caso de producirse un empate, se impondrán quienes se encuentren en ejercicio del cargo, o por sorteo tratándose de quienes postulan por primera vez.».

Vea texto íntegro de la moción.

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