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En último trámite constitucional.

Diputados aprobaron iniciativa de elecciones primarias para los cargos de Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.

«el Consejo General de los partidos políticos decida participar de manera individual o por vía de pactos electorales, en las candidaturas para las elecciones primarias, las cuales se efectuarán exclusivamente en las circunscripciones electorales donde se haya declarado candidato y sean de un número mayor a los cargos a definir».

4 de octubre de 2012

La Cámara de Diputados, aprobó –con 92 votos a favor y 4 abstenciones- luego de las modificaciones realizadas por la Sala del Senado, la iniciativa del Ejecutivo que establece elecciones primarias para los cargos públicos de Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes, a través de los candidatos nominados por los respectivos partidos políticos. (Véase relacionado)
En la ocasión, los parlamentarios manifestaron un absoluto consenso en el proyecto de ley, y expresaron que la elección de primarias le entregará mayor dinamismo y participación a la vida política.
El nuevo texto legislativo, dispone que corresponderá al Servicio Electoral establecer los procedimientos de las elecciones de primarias, que en el caso del Presidente de la República y parlamentarios, se llevarán a efecto el vigésimo domingo anterior a la fecha de las elecciones, en tanto, que para los alcaldes se hará el vigésimo domingo anterior a la elección municipal.
Cabe destacar, que esto regirá siempre que el Consejo General de los partidos políticos decida participar de manera individual o por vía de pactos electorales, en las candidaturas para las elecciones primarias, las cuales se efectuarán exclusivamente en las circunscripciones electorales donde se haya declarado candidato y sean de un número mayor a los cargos a definir.
Por otra parte, la inscripción de candidatos se deberá efectuar en un plazo no superior a las 24 horas del sexagésimo día anterior a las elecciones primarias. Asimismo, los partidos políticos o pactos, deberán establecer el padrón electoral al cual se sujetaran, el que podrá tener diversas alternativas, como: “que participe sólo el partido individualmente, sólo los afiliados inscritos habilitados para ejercer el derecho a sufragio; o sólo los afiliados del partido e independientes sin afiliación inscritos habilitados para ejercer el derecho a sufragio”.
En el caso del Presidente de la República y de los alcaldes, el candidato que resulte electo, deberá obtener la mayor votación individual, para el caso de los parlamentarios, será elegida la o las mayores votaciones individuales.
Finalmente, a las elecciones primarias les será aplicable la Ley de Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, estén último deberá corresponder al 10% de los valores señalados para una elección normal.
Corresponde ahora que el proyecto se sujete al veto Presidencial.

Vea texto íntegro del mensaje y tramitación.

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