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No se verifican las infracciones legales denunciadas.

CS desestimó recurso de casación en el fondo contra sentencia de la Corte de Rancagua que condenó a Servicio de Salud a pagar indemnización por daño moral.

“el establecimiento de los hechos se basó principalmente en la apreciación de la prueba pericial y documental rendida por la parte demandante”.

22 de noviembre de 2012

Se dedujo recurso de casación en el fondo contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que, confirmando el fallo de primera instancia, condenó al Servicio de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins a pagar a la actora una indemnización de perjuicios por daño moral.
El recurrente señaló que se habrían infringido los artículos 19 N° 3 de la Constitución Política, y 38 inciso segundo y 41 inciso segundo de la Ley N° 19.966, ya que se debería haber concluido que la carga de la prueba la tiene el demandante y que éste no ha logrado acreditar los elementos para la procedencia de la indemnización de perjuicios por daño moral.
La Corte Suprema rechazó el arbitrio de nulidad sustancial, al razonar, en primer término, que no se afectó el inciso 2° del artículo 38 de la Ley 19.966, toda vez que “el establecimiento de los hechos se basó principalmente en la apreciación de la prueba pericial y documental rendida por la parte demandante”. Por otra parte, en cuanto a la eventual afectación del inciso 2° del artículo 41 del mismo cuerpo legal, concluyó que “tampoco aparece transgredido toda vez que como ha quedado consignado la existencia del ilícito que causó daño a la actora se manifiesta en una intervención quirúrgica deficiente respecto a una paciente calificada como de alto riesgo y sobre la falta de un examen médico que entregara un diagnóstico completo sobre las lesiones previas que afectaban a la actora, de lo cual surge que los daños invocados por la afectada si derivan de hechos que pudieron preverse o evitar”.
Finalmente, reiteró que, conforme a su jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo no puede fundarse en la eventual infracción de preceptos constitucionales.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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