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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de proyecto de ley que modifica la Ley de Pesca y Acuicultura.

«los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la soberanía del Estado de Chile, y señala que un 50 por ciento de las cuotas de pesca se distribuirán de acuerdo a los derechos históricos, mientras que el otro 50 por ciento será entregado mediante licitaciones».

27 de diciembre de 2012

El TC deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de proyecto de ley que modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura (Boletín N° 8091-21).
El proyecto de ley, finalmente aprobado, iniciado por mensaje, establece, entre otras disposiciones, un sistema de administración y gestión a largo plazo, que considera la explotación óptima de los recursos pesqueros en armonía con el medio ambiente. Asimismo, la iniciativa establece que los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la soberanía del Estado de Chile, y señala que un 50 por ciento de las cuotas de pesca se distribuirán de acuerdo a los derechos históricos, mientras que  el otro 50 por ciento será entregado mediante licitaciones.
La propuesta incorpora el concepto de Rendimiento Máximo Sostenible (RMS), estándar internacional al cual se deben llevar o mantener las pesquerías, el cual permite obtener las mayores capturas sin poner en riesgo la disponibilidad de los recursos en el mediano y largo plazo. Se establece un plazo de 20 años para las licencias transables de pesca (LTP) para el sector industrial renovables y con causales de caducidad, cuyo 15% se licitará a todo evento, salvo aquellas en estado de colapso, mientras que el sector artesanal continúa con permisos de pesca indefinidos. Se establece el impuesto específico en 4,2%, el que aumentará a 5,7% el año 2014 e irá decreciendo en el tiempo, quedando en 4,8% al año 2017 y en 4,2% a partir del 2018. Finalmente, se establecen sanciones pecuniarias para quienes no cumplan con la ley, asimilándolas a las establecidas para las infracciones a la normativa ambiental.
Durante la tramitación del proyecto de ley, se suscitó cuestión de constitucionalidad en relación a la disposición que la Corte Suprema conocerá en cuenta y sin esperar la comparecencia de las partes, respecto del recurso en contra del fallo de la Corte de Apelaciones respectivas respecto de un reclamo relativo a una sanción administrativa cursada por infracción a las normas de dicho cuerpo legal. Por otra parte, también se cuestionó la constitucionalidad sobre ciertas disposiciones procedimentales y sobre las funciones y naturaleza de los Comités Científicos Técnicos que crearía la nueva normativa.

Vea texto íntegro del proyecto de ley y del expediente Rol N°2390.
Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.

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