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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de proyecto de ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios.

por contener normas propias de ley orgánica constitucional. En efecto, los artículos 18 y 19, por una parte entregan el conocimiento de las infracciones a las obligaciones que impone a la ley al correspondiente juzgado de policía local y, por otra, crean una serie de sanciones administrativas.

31 de diciembre de 2012

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, tiene como fundamento el hecho de que las actividades productivas, en general, y la agrícola, en particular, requieren de normas que identifiquen derechos y establezcan responsabilidades en las relaciones comerciales que le son propias, a fin de propender a la libre fijación y determinación de precios en las transacciones de este sector productivo.
El proyecto totalmente tramitado fue sometido a control, preventivo obligatorio de constitucionalidad, por contener normas propias de ley orgánica constitucional. En efecto, los artículos 18 y 19, por una parte entregan el conocimiento de las infracciones a las obligaciones que impone a la ley al correspondiente juzgado de policía local y, por otra, crean una serie de sanciones administrativas.

Ver texto íntegro del proyecto de ley y expediente Rol N° 2389.

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