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Con el objeto de cumplir con estándares internacionales.

Ejecutivo propone la creación de un organismo autónomo e independiente que reemplace el actual Instituto Nacional de Estadísticas.

estos sistemas “resultan fundamentales para evaluar y predecir tendencias de la situación de una región o una localidad en lo referente a las cuestiones económicas y sociales, así como para valorar el cumplimiento de las metas y objetivos fijados en las políticas de Gobierno”.

14 de enero de 2013

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que desde el siglo XIX, los procesos de recolección de información y estadísticas especializadas, han sido fundamentales para la organización y planificación de las políticas públicas, sumado, a las decisiones que deben adoptar las autoridades políticas, en su misión de velar por el bien común.
Observa luego que todos los países tienen uno o más servicios públicos encargados de recabar información estadística sobre diversos temas de interés público como son la salud, la pobreza, la economía, la tecnología, el bienestar de la población, etc. Agrega que estos sistemas “resultan fundamentales para evaluar y predecir tendencias de la situación de una región o una localidad en lo referente a las cuestiones económicas y sociales, así como para valorar el cumplimiento de las metas y objetivos fijados en las políticas de Gobierno”.
En este sentido, el proyecto de ley destaca que a nivel internacional, distintos países y Organismos se han ocupado de investigar y promover el perfeccionamiento de los Sistemas Estadísticos Oficiales, es por esto, que a través de esta iniciativa se quiere actualizar la Institucionalidad Estadística de Chile, con el fin de que sea capaz de generar una confianza extendida –nacional e internacionalmente- sobre la calidad y certidumbre de los informes que entregue y satisfacer los compromisos internacionales adquiridos por nuestro país en esta materia. Asimismo, otorgar al Instituto Nacional de Estadística, de “la debida autonomía institucional y capacidad técnica que supone la elaboración de las Estadísticas Oficiales del país, con el objeto de impedir cualquier distorsión de la información estadística de interés público”.
Por otra parte, la iniciativa señala que será necesario que el INE “cambie su estructura de gobierno corporativo, pasando la dirección técnica del órgano a ser dirigida por un Consejo, con la orgánica de un organismo autónomo y especializado”, con ello se lograría una toma de decisiones que asegure una mayor reflexión, estabilidad y visión complementaria en el ejercicio de poderes discrecionales.
Por las razones indicadas, el mensaje propone la creación de una Ley Orgánica Constitucional que regule la Institucionalidad Estadística Nacional, la que consagrará distintos títulos para su adecuada aplicación y funcionamiento que “responden a una serie de principios generales básicos que conforman el sistema estadístico nacional, sin cuya existencia sus disposiciones aparecerían vacuas y carentes de un sentido y objetivos específicos claros”, entre estos cabe destacar: “Institucionalidad, esto es, la creación de una entidad autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Corporación de Derecho Público “Instituto Nacional de Estadística”, sucesor legal y patrimonial del actual INE, el que deberá ejecutar las políticas, planes y programas legalmente aprobados; Consejo Nacional de Estadísticas, que corresponderá al gobierno corporativo de este Instituto, el cual estará compuesto por 5 miembros, designados por el Presidente de la República con acuerdo de 2/3 de los miembros en ejercicio del Senado, y tendrán como misión velar por el cumplimiento de todas las funciones del Instituto, así como elaborar la política estadística de la Nación y establecer los criterios técnicos y procedimientos de la producción estadística pública oficial; Comisión Interministerial de Estadística, la que tendrá como cometido fundamental la coordinación superior del Sistema Estadístico Nacional, recomendando a los demás órganos de la Administración del Estado las estadísticas que debe generar el país; Principios Estadísticos, la ley deberá contemplar los principios estadísticos que lo rigen, tales como la imparcialidad, objetividad, calidad técnica, transparencia, proporcionalidad, claridad y accesibilidad, visación y oficialización, obligatoriedad, finalidad estadística y secreto estadístico”; entre otras materias que consulta el proyecto.

Vea texto íntegro del mensaje.

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