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Con el objeto de aclarar la discusión doctrinaria y jurisprudencial.

Diputados proponen que los tribunales no consideren la “calidad o sustancia” de la droga o estupefaciente para determinar el tráfico o microtráfico.

la droga y la delincuencia se encuentran íntimamente relacionadas, especialmente la cocaína y la pasta base, debido a que “son accesibles a los bolsillos de obreros y jóvenes sin muchos recursos económicos, consiguiendo estupefacientes de casi nula pureza y máxima toxicidad”.

16 de enero de 2013

La moción de los diputados Accorsi, Araya, Cardemil, Isasi, Sabag y Sepúlveda expone que según estudios estadísticos, mueren al año 200 mil drogadictos en el mundo, cifra claramente alarmante que no sólo involucra a la persona afectada sino también a su familia, amistades y comunidad donde se desarrolla.
Observa luego que cada año aumenta considerablemente el porcentaje de personas que consumen algún tipo de droga o estupefaciente ocasionalmente –sumado a los que ya son adictos- posibilita el incremento en el aumento de la violencia social y la comisión de delitos.
A juicio de los autores de la iniciativa, la droga y la delincuencia se encuentran íntimamente relacionadas, especialmente la cocaína y la pasta base, debido a que “son accesibles a los bolsillos de obreros y jóvenes sin muchos recursos económicos, consiguiendo estupefacientes de casi nula pureza y máxima toxicidad”.
Por otra parte, la moción señala que el artículo 4° de la Ley N° 20.000, que sanciona el trafico ilicito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, establece algunos elementos que el juez deberá considerar para distinguir entre consumo y microtráfico, entre los que se encuentra determinar la “pureza o calidad” de la misma. Sin embargo, “se ha creado una confusión doctrinaria y jurisprudencia!, de interpretación de la norma en lo relativo a la calidad y pureza de la droga, dado que diversos fallos de Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y Cortes de Apelaciones han coincidido, en rebajar la pena y la calidad del delito de tráfico a microtráfico, o de este último a consumo personal por el bajo grado de pureza considerando que no hay lesión al bien jurídico protegido que es la salud pública”, pero no por ello podría descartarse que aquella parte de baja pureza pueda producir graves efectos tóxicos.
Por esta razón, el proyecto de ley propone modificar el precitado artículo, no debiendo considerar para determinar el tráfico o microtráfico la calidad o pureza de la droga o estupefaciente.

Vea texto íntegro de la moción.

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