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Tras la muerte de una menor de 9 meses.

Diputados hacen presente la urgencia en agravar la pena del delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte.

“cada año más de cien personas mueren en nuestro país como resultado de accidentes de tránsito cometidos por conductores en evidente estado de ebriedad, y otras 650 sufren graves lesiones”.

15 de marzo de 2013

La moción de los diputados Aguiló, Carmona, Gutiérrez, Hasbún, Jarpa, Latorre, Muñoz, Schilling, Sepúlveda y Teillier, expone la urgencia que requiere el “reflexionar, debatir y legislar para sancionar como delito grave la conducción en estado de ebriedad causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte de una persona”. En efecto, “cada año más de cien personas mueren en nuestro país como resultado de accidentes de tránsito cometidos por conductores en evidente estado de ebriedad, y otras 650 sufren graves lesiones”.
Observa luego que “es indispensable avanzar en una calificación mayor y gravedad del delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte; sancionándole como lo que es: un delito grave, un crimen”.
A tales fines, es que pretende modificar el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 27 de Diciembre del año 2007, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290 y sus modificaciones posteriores de tal manera de elevar la pena del delito de manejo en estado de ebriedad cuando se causen lesiones gravísimas, a presidio mayor en su grado mínimo, y cuando sea con resultado de muerte, la pena será de presidio mayor en sus grados mínimo a medio. Se suma a esto, la inhabilitación perpetua para conducir y la incautación del vehículo cuando el autor sea dueño de él, para asegurar la responsabilidad civil del delito.

Vea texto íntegro de la moción.

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