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Cumplimiento exitoso de la sentencia.

Corte IDH cierra el caso Kimel vs. Argentina valorando la libertad de expresión.

la condena del señor Kimel por el delito de calumnias no cumplió con los “requisitos de legalidad, necesidad y proporcionalidad”, ya que éste sólo ejerció su libertad de expresión

19 de marzo de 2013

En el año 2008, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó la responsabilidad internacional efectuada por el Estado de Argentina y declaró que éste vulneró el principio de legalidad, el derecho a la libertad de pensamiento y expresión y el derecho a ser oído dentro de un plazo razonable en perjuicio de don Eduardo Kimel.
En su sentencia, la Corte IDH había considerado que la condena del señor Kimel por el delito de calumnias no cumplió con los  “requisitos de legalidad, necesidad y proporcionalidad”, ya que éste sólo ejerció su libertad de expresión y que su libro “La masacre de San Patricio” sólo estaba relacionado con temas de notorio interés público sobre asesinatos de cinco religiosos durante la dictadura militar.
Respecto del cumplimiento de la sentencia, la Corte valoró que Argentina haya dado cumplimiento a lo ordenado, dentro de los plazos dispuestos para ello, respecto a realizar los pagos de las cantidades establecidas en la sentencia del fondo, por concepto de daño material, inmaterial y reintegro de costas y gastos, entre otros.

Vea comunicado de prensa íntegro de la Corte IDH.

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