Noticias

Bautizada como “Ley Luciano”.

Diputados ingresan a trámite proyecto que pretende evitar y sancionar los hechos de violencia ocurridos con ocasión de campañas electorales

El proyecto de ley, iniciado por moción de los diputados Aguiló, Goic, Molina, Montes, Muñoz, Núñez, Ojeda, Pascal, Rincón y Vidal, expone que “las campañas electorales son un período imprescindible para que los postulantes a cargos de elección popular puedan difundir sus planteamientos a la ciudadanía”

7 de junio de 2013

El proyecto de ley, iniciado por moción de los diputados Aguiló, Goic, Molina, Montes, Muñoz, Núñez, Ojeda, Pascal, Rincón y Vidal, expone que “las campañas electorales son un período imprescindible para que los postulantes a cargos de elección popular puedan difundir sus planteamientos a la ciudadanía”. Una manifestación de ello es  “la publicidad callejera”, en que se conforman brigadas que proceden a la instalación o confección de piezas de propaganda gráfica, lo que genera “roces entre los comandos, atendida la disputa territorial que tiene lugar por la obtención de espacios o lugares de mejor visibilidad”. Observa luego que se requiere evitar situaciones como la ocurrida a Luciano Rendón, quien fuese golpeado quedando al borde de la muerte el 27 de octubre pasado en el marco de una campaña municipal. Así, hechos de similares características se han repetido, “tanto contra las personas, como respecto de bienes públicos y privados que resultan destruidos o dañados”. A fin de subsanar tales defectos, propone modificar la LOC de Votaciones Populares y Escrutinios, de manera tal que exista la obligación de los candidatos a cargos de elección popular de llevar un registro detallado de las personas y vehículos encargados del pintado o instalación de las piezas de propaganda. Mientras que en el caso de “los equipos de brigadistas se incluirá su nombre, cédula de identidad y dirección”, quedando prohibido “el  contratar o utilizar para este efecto a personas que registren condenas por delitos contra las personas, que no sean las injurias y calumnias o por porte de armas de cualquier tipo”. Así, “los candidatos estarán obligados a denunciar, antes de 48 horas de ocurrido el hecho, los delitos de que tomen conocimiento” que  involucren a estos grupos. Por último, pretende incorporar en la ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, una disposición que señale que, en caso de verificarse infracciones a las obligaciones  descritas, “deberá descontarse un 10% del reembolso a que tenga derecho el candidato respectivo, por cada una de ellas».

 Vea texto íntegro de la moción y boletín N° 8980.

 RELACIONADOS

* Moción propone eliminar los aportes de tipo “reservados” en campañas electorales…

Cámara de Diputados aprobó en general proyecto que modifica ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, y establece normas contra la intervención electoral…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *